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Resumen

[J]

Responsabilidad civil. Daños por agua. Compañía de suministro vs. comunidad de propietarios. Mantenimiento de un aljibe.

(publicado en Actualidad Diaria 932 el 9 de febrero de 2007)

texto publicado volver

Seguidas en un solo juicio las actuaciones incoadas en virtud de dos demandas, una interpuesta por la entidad perjudicada como propietaria de un local dedicado a la fabricación y comercialización de prendas de vestir y la otra interpuesta por su aseguradora tras indemnizar a aquélla la suma asegurada mediante póliza de seguro multirriesgo, de modo que en la primera demanda sólo se reclamaba la cantidad no cubierta por el seguro, siendo el hecho determinante la inundación de dicho local por filtraciones de agua procedentes del aljibe de un edificio en régimen de propiedad horizontal, la sentencia de primera instancia, estimando totalmente la demanda de la entidad perjudicada y parcialmente la de su aseguradora, condenó a la compañía concesionaria de la gestión integral del servicio público de abastecimiento de aguas de los pueblos de la zona y a la comunidad de propietarios del referido edificio a indemnizar a la mercantil propietaria del local en 18.829.759 ptas., así como a esa misma compañía de aguas y a los comuneros integrantes de la citada comunidad de propietarios a pagar a la mencionada aseguradora la cantidad de 9.683.300 ptas. Razón causal de este fallo era que, debida la inundación a que el agua del aljibe estuvo rebosando durante tres días de la Semana Santa por haberse quedado atrapado contra la pared del propio aljibe el flotador o boya cuya válvula cerraba el paso del agua al alcanzarse el máximo nivel, el hecho era imputable tanto a la comunidad de propietarios demandada y a sus integrantes igualmente demandados, por no tener el aljibe en las condiciones adecuadas al carecer de aliviadero y encontrarse suelta y sin protección la tubería de alimentación del aljibe, como a la compañía de aguas, porque sus operarios habían procedido a cambiar los contadores del edificio sin avisar, habían cortado el agua, habían manipulado las tuberías y, tras instalar los nuevos contadores, se habían marchado sin volver a abrir el paso del agua, de suerte que cuando se vació el aljibe y por ello uno de los vecinos del edificio abrió la llave de paso, no se podía saber si el flotador del aljibe funcionaba correctamente o se había quedado atrapado.
Recurrida la sentencia en apelación por los demandados, el tribunal de segunda instancia, estimando los recursos de la comunidad de propietarios y de sus integrantes y desestimando el de la compañía de aguas, dejó subsistente únicamente la condena de esta última, considerándola responsable única de los daños porque había procedido al cambio de contadores sin previo aviso a la comunidad de propietarios, tampoco había hecho saber a la comunidad el estado de las tuberías, se había olvidado de "cerrar" (en realidad abrir) la llave de paso tras finalizar los trabajos y había manipulado las tuberías para que el nuevo contador tuviera mayor altura, datos todos ellos demostrativos de una conducta negligente que no quedaba neutralizada por el mal estado de las instalaciones del edificio: "de un lado porque el aljibe venía funcionando durante más de diez años sin que en ningún momento se produjera ninguna inundación, en segundo lugar porque la actuación de los vecinos, abrir la llave de paso, no comporta ninguna manipulación de tuberías ni desplazamiento de elementos que pudieran producir el atascamiento del flotador y por último el hecho de que Aguas de Jaén, al ser el suministrador del agua a la comunidad, debe de velar para que las instalaciones del agua estén en perfectas condiciones para efectuar un correcto suministro", razones a las que se añadía la cita del art. 26 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Contra la sentencia de apelación recurre en casación la compañía concesionaria del servicio de abastecimiento de aguas. El tribunal Supremo desestima el recurso.

Información relacionada
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Las e-fuentes consultadas:

Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJUE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA, EXPANSI�N, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentaci�n oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentaci�n corporativa: Consejo General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

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